El presidente de la República, Ollanta Humala, promulgó ley que regula las características básicas del dinero electrónico. La ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Carolina Trivelli, señaló que con esta herramienta se pondrá en práctica nuevos esquemas de pago para los programas Juntos y Pensión 65, en los que los beneficiarios no tendrán necesidad de movilizarse para las transacciones.
Las personas que viven en las zonas más alejadas y pobres de nuestro país y que no disponen de un banco cercano a sus localidades, podrán hacer el pago de sus servicios o transacciones a través de su celular. Esta es una realidad porque ayer el presidente Ollanta Humala promulgó la Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.
"El dinero electrónico beneficia principalmente a las zonas rurales o zonas alejadas donde no hay banca comercial. Con esta herramienta se abre una gran autopista para facilitarle la vida a los que menos tienen", manifestó el mandatario.
Refirió que esta iniciativa es un llamado de atención a la banca ya que pese a sus grandes utilidades no ingresan a operar en zonas rurales.
Asimismo, hizo un llamado a los organismos reguladores, entre ellos a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), para evitar que se generen con este medio mecanismos como prácticas de lavado de dinero.
Por su parte, la ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Carolina Trivelli, indicó que con esta Ley se pondrán en práctica nuevos esquemas de pago de los programas Juntos y Pensión 65, que permitirán un acceso inmediato de bajo costo y seguro.
"Ahora todos podrán recibir y gastar su pensión sin necesidad de trasladarse a otras localidades", señaló.
¿CÓMO FUNCIONARÁ?
El dinero electrónico es un valor monetario. Para poder hacer uso de él, tendrá que acercarse a un agente autorizado con su celular.
Posteriormente informar al agente, el monto que va a depositar. El agente, por su parte, también empleará su celular para realizar la transacción, una vez que esta se concrete, ambos recibirán un mensaje de texto con la confirmación de la operación y el nuevo saldo.
Todos los peruanos, a través de este sistema, podrán realizar pagos de servicios, recargas para pagar cuentas mediante la misma modalidad, incluso, hacer retiro de dinero en efectivo.
Cabe señalar que cada transacción tendrá un número de PIN de seguridad por lo que su dinero no correrá riesgos.
¿QUIÉNES OFRECERÁN ESTE SERVICIO?
La emisión de dinero electrónico podrá ser brindado por las empresas de operaciones múltiples ya existentes (bancos, financieras, cajas municipales de ahorro y crédito, cajas municipales de crédito popular, cajas rurales de ahorro y crédito y entidades de desarrollo a la pequeña y micro empresa), así como las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico (EEDE), también supervisadas por la SBS.
Al respecto, la SBS destacó la importancia para el país la promulgación de esta ley que tiene como objetivo promover el uso de dispositivos electrónicos como canales de acceso a servicios financieros para aquellos sectores alejados geográficamente.
"Este impacto será importante teniendo en cuenta el nivel de penetración que los servicios de telefonía móvil tiene en el país. Existen más de 30 millones de líneas y crece la red de cajeros corresponsales del sistema financiero, que son ya más de 13 mil", precisó.
BAJO ACCESO EN ZONAS RURALES
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) recordó que el 65% de los distritos más pobres del país no tienen acceso al sistema financiero.
Indicaron que se espera generar competencia entre los operadores para obtener bajas comisiones.
El titular de la Comisión de Economía del Congreso, Fernando Andrade, explicó que los peruanos no necesitarán de una cuenta bancaria para hacer uso del dinero electrónico.
CLAVES
Con la finalidad de garantizar servicios de pago seguros, la Ley establece que los servicios de dinero electrónico serán prestados solo por empresas que estén bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), sujetos a normas de gestión de riesgo operacional.
miércoles, 23 de enero de 2013
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